Abstract
El presente trabajo analiza la compatibilidad del derecho de veto de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con el principio de igualdad soberana de los Estados y con la doctrina de la Responsabilidad de Proteger (R2P). Partiendo de la tensión estructural que el artículo 27.3 de la Carta de las Naciones Unidas genera respecto del artículo 2.1, el trabajo examina si el privilegio del veto puede justificarse jurídicamente o si, por el contrario, contradice los principios fundacionales del ordenamiento internacional.
El estudio se articula en tres partes. La primera reconstruye el origen y el contenido jurídico del principio de igualdad soberana, desde la Paz de Westfalia hasta su consagración en la Carta de la ONU y la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General, prestando especial atención a la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia. La segunda analiza el régimen jurídico del veto (su origen en las Conferencias de Yalta y San Francisco, su regulación en el artículo 27 de la Carta, su naturaleza jurídica y su práctica histórica) y expone el contenido normativo de la R2P aprobada en la Cumbre Mundial de 2005. La tercera evalúa la compatibilidad entre las tres instituciones, examina el debate doctrinal entre sus defensores y críticos, y analiza las propuestas de reforma impulsadas en el seno de Naciones Unidas.
La investigación concluye que el veto es formalmente compatible con la igualdad soberana (como desigualdad voluntariamente consentida) pero sustantivamente incompatible con los propósitos de la Carta y estructuralmente incompatible con la R2P. La reforma jurídica formal del artículo 27.3 es prácticamente inviable a corto plazo, dada la circularidad del procedimiento de enmienda previsto en el artículo 108 de la Carta. Las vías más realistas son los compromisos voluntarios de autorrestricción y los mecanismos de rendición de cuentas.
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Trabajo Fin de Grado leído en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2025/2026. Directores/as: Agustín Juan Gil Franco



