Abstract

En numerosas sentencias por las que se modifica la capacidad de una persona, se utilizan los términos de administración y disposición de bienes, administración ordinaria y extraordinaria, actos de gran administración u otros semejantes. Por ello, es imprescindible para el ejercicio adecuado del cargo de tutor y curador, conocer en profundidad el alcance de la expresión “actos de administración”, para así poder delimitar adecuadamente las facultades que según la sentencia dictada podrán ser ejercitadas, completando o sustituyendo la voluntad de la persona; análisis que será especialmente útil respecto aquellos actos que no están expresamente recogidos en los artículos 271 y 272 del Código Civil.
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Aranzadi La Ley

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Pallarés Neila, Javier, La facultad de administrar en el ejercicio de las medidas de protección jurídica, tutela y curatela, Actualidad Civil, nº 12, 2017

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