Abstract

En la actualidad, tenemos un nuevo contexto en los que los abusos, de todo tipo, hacia los menores se producen: las redes sociales, que constituyen la expresión de las nuevas tecnologías (TICs). Ante ello, hay que resolver, primero, previniendo dichas conductas y, en segundo lugar, persiguiendo a los autores. En esta contribución me voy a centrar solo en algunos de los tipos delictivos que tratan de proteger a los menores frente a determinados ataques que se producen a través de estos medios, en concreto, el conocido como grooming y también otras formas de difusión de imágenes que pueden atentar contra bienes jurídicos de la infancia y adolescencia, como el sexting, la pornografía infantil, los tratos degradantes. Todo ello para concluir que es aconsejable una tipificación expresa de estos nuevos ataques que se producen a los bienes jurídicos derivado del uso de las nuevas tecnologías.
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D´Ideias.

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La protección de la libertad sexual de menores de edad en el derecho penal

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GARCÍA SÁNCHEZ, B. (2024), “ El acoso sexual a menores a través de las nuevas tecnologías (TICs) en el ámbito internacional y español”, en Violênciade género, mulher e direito penal, Inês Fernandes Godinho y Beatriz García Sánchez (direc.), edit. D´Ideias, pp. 185-232

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