Abstract
La legislación española, en materia de violencia de género, y durante trece años de vigencia de la LO 1/2004, de 10 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, ha mantenido una conceptualización restrictiva del concepto, impidiendo incorporar, a nuestro ordenamiento jurídico, el evolucionado tratamiento sensitivo de género desarrollado desde el ámbito jurídico internacional. En positivo tenemos una reciente doctrina jurisprudencial dictada por nuestro Tribunal Supremo que reconduce la deriva a la que nos ha llevado esta legislación hasta el momento.
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La Ley
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Ana Isabel Carreras Presencio (2019). Precisa aplicación de la agravante de género. La Ley Penal : Revista De Derecho Penal, Procesal Y Penitenciario, (138)



