Abstract

El control de constitucionalidad de las leyes ha sido clave en la consolidación del Estado de Derecho, al garantizar la supremacía de la Constitución. Este control puede adoptar dos modelos: el difuso, originado en EE. UU. con la sentencia Marbury vs. Madison (1803), donde todos los jueces pueden inaplicar leyes inconstitucionales en casos concretos; y el concentrado, desarrollado en Europa a partir de los años 20 del siglo XX, especialmente por Hans Kelsen, que propuso tribunales constitucionales especializados con capacidad para anular leyes con efectos generales. Ambos modelos comparten el enfoque a posteriori, es decir, el examen de la constitucionalidad tras la aprobación de la norma. El texto destaca la importancia de este control como mecanismo eficaz para depurar el ordenamiento jurídico y proteger los derechos fundamentales, y anuncia un estudio comparado entre los sistemas español y francés para analizar el papel del control concentrado y sus implicaciones en los Estados democráticos.
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Aranzadi

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Rosado Villaverde, C., "Control de constitucionalidad a posteriori: una aproximación a los casos de España y Francia", en Chico de la Cámara, P. (dir.) et al., Rosado Villaverde, C. (coord.)., Estudios de Derecho Público y Ciencia Política. In Memoriam al profesor Santiago Rosado Pacheco, Aranzadi, Pamplona, 2024, pp. 583-620.

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