Vulnerabilidad e influencia indebida en la contratación
| dc.contributor.author | Martin Briceño, María Rosario | |
| dc.date.accessioned | 2025-12-03T16:05:13Z | |
| dc.date.issued | 2022 | |
| dc.description.abstract | La actual Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, deroga tácitamente el RDL 1/2021, de 19 de enero, pero mantiene su mismo espíritu: la protección del consumidor vulnerable. En este sentido modifica el artículo 3 LGDCU, y dispone que “son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión”, así como “las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresaria”, añadiendo un segundo párrafo en el que se indica que “tienen la consideración de personas consumidoras vulnerables respecto de relaciones concretas de consumo, aquellas personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran, aunque sea territorial, sectorial o temporalmente, en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad”; todo ello sin perjuicio de la normativa sectorial que en cada caso resulte de aplicación. No modifica el concepto de consumidor. Tan solo describe a quienes considera vulnerables porque en “relaciones concretas de consumo” se encuentran “en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad”, debido a sus propias “características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales”, atendiendo a criterios territoriales, sectoriales o temporales. Las personas con discapacidad quedarían incluidas. Se examina la discapacidad como factor de vulnerabilidad y la influencia indebida en la voluntad de la persona por parte de quien desempeña la función de apoyo. Exige analizar el consentimiento contractual que ha emitido para valorar si este se encuentra viciado. | |
| dc.identifier.citation | Martín Briceño, R. (2022). Vulnerabilidad e influencia indebida en la contratación. En M. V. Mayor del Hoyo & S. de Salas Murillo (Dirs.), Vulnerabilidad patrimonial: retos jurídicos (pp. 469–481). Aranzadi. | |
| dc.identifier.isbn | 978-84-1124-840-2 | |
| dc.identifier.publicationfirstpage | 469 | |
| dc.identifier.publicationlastpage | 481 | |
| dc.identifier.publicationtitle | Vulnerabilidad patrimonial: retos jurídicos | |
| dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/10115/124637 | |
| dc.language.iso | es | |
| dc.publisher | Aranzadi | |
| dc.rights.accessRights | info:eu-repo/semantics/closedAccess | |
| dc.subject | Vulnerabilidad | |
| dc.subject | influencia indebida | |
| dc.subject | contratación | |
| dc.title | Vulnerabilidad e influencia indebida en la contratación | |
| dc.type | Book chapter |
