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La Agenda 2030 ha quedado recogida en instrumentos de alcance internacional que tienen su singularidad. La fuerza política de esta Agenda está fuera de toda duda. Sin embargo, conviene determinar su valor jurídico en función de los instrumentos que la acogen y del contenido que se le ha otorgado. Las relaciones entre la Agenda 2030 y el derecho internacional no son siempre pacíficas, puesto que conviene examinar los procedimientos de creación de normas internacionales a los que responde, la evolución normativa que ha experimentado y los destinatarios de las eventuales obligaciones que contiene. Con estos ingredientes, se realiza una aproximación jurídica al significado de la Agenda 2030 y, por ende, a su valor en el orden jurídico internacional. Lo relevante es determinar si esta Agenda, en función de las características que la definen, abre o, en su caso, consolida una nueva tendencia normativa en el derecho internacional.
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Revista Iberoamericana de Estudios de Desarrollo. Iberoamerican Journal of Development Studies

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Díaz-Galán E (2022). El valor jurídico de la Agenda 2030 sobre Desarrollo Sostenible: ¿una nueva tendencia normativa? Iberoamerican Journal of Development Studies 11(2):30-52

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