Abstract
Este artículo revisa la teoría de la propiedad de Juan de Lugo (1583-?1660) para contrastarla con la que desarrolló más tarde John Locke en el Segundo tratado sobre el gobierno civil. La hipótesis que mantendremos aquí es que existen originales puntos en común entre la teoría de la propiedad de Lugo y Locke que bien no habían aparecido en los autores escolásticos precedentes o tan solo se habían sugerido. En concreto nos referiremos a tres aspectos: en primer lugar, la adscripción de la propiedad a la categoría de derecho natural; en segundo lugar, ambos consideran que el proceso de apropiación se produce a través del trabajo y, en tercer lugar, los dos autores rechazan la necesidad de consenso para esta apropiación. Por último, veremos los puntos de discrepancia en la teoría de la propiedad entre Locke y Lugo. Además este artículo contextualiza las aportaciones de Lugo sobre la propiedad tanto en la tradición escolástica como en el iusnaturalismo racionalista de Grocio y Pufendorf.
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Ciencias políticas , Ciencias políticas y sociología , Ciencias sociales , Derecho , Derecho constitucional y político , Dret , Political science , Political science and international relations , Political sciences and international relations , Revistas de derecho , Sociología , Sociologia i política , Sociología y política , Sociology and political science
Citation
Nieves San Emeterio Martín (2021). La teoría de la propiedad de Juan de Lugo como precedente de John Locke. Revista De Estudios Politicos, (193), 13-37
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