Abstract

Se trata de una primera aproximación a la difícil relación entre arte y su regulación jurídica: máxime cuando se trata de un derecho fundamental protegido constitucionalmente. Ello requiere de unos límites claros que lamentablemente todavía no han sido fijados por el Tribunal Constitucional, que por, apenas ha tratado la libre creación y producción literaria, pero no esta primera concreción de los 4 derechos reconocidos en el art. 20.1 b) CE.
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CEPC/BOE

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Investigación de una materia escasamente tratada por la doctrina española y si apenas referencias jurisprudenciales.

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González Hernández, E. (2025). El derecho a la libre producción y creación artística del artículo 20.1, b) CE/78: empezando por el final para comenzar por el principio. En F. Balaguer Callejón, C. Vidal Prado, C. Elías Méndez & Y. Gómez Sánchez (Coords.), Estudios sobre Derecho Constitucional Español, Comparado y Europeo. "Liber Amicorum" Yolanda Gómez Sánchez (pp. 513–534). Árbol académico.

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