HERMIDA DEL LLANO, CRISTINA2024-07-302024-07-302023CRISTINA HERMIDA DEL LLANO: <<Visión ética del secreto judicial y la discreción judicial en un entorno de transparencia>>, Cuadernos de Jurisprudencia y Actualidad Internacionales. Agenda 2030, Derechos Humanos en la UE y ética judicial en España, tensiones sobre el estatuto internacional del Sáhara Occidental y las aguas de la Antártida, Volumen: Coord. Francisco Jiménez García y Berta Alam Pérez (Directores), Dykinson y URJC (Servicio de Publicaciones), Madrid, 2023, pp. 99-116.978-84-1170-845-6https://hdl.handle.net/10115/39072El principio del secreto profesional rige siempre, salvo en caso de conflicto con una exigencia superior de justicia o con perjuicios irreparables para la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales, tal y como contempla el principio 21 de Ética Judicial en España: <<Cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligación de reserva cede en favor del deber de denuncia>>. De este modo el juez no puede ignorar: 1) la exigencia de proporcionalidad, entendida como ponderación de los bienes en juego , valorando hasta qué punto el posible daño a un tercero es razón suficiente para desvelar la información amparada en el secreto profesional; 2) la idoneidad de la información revelada para el fin perseguido; 3) la exigencia de dar a conocer sólo la información estrictamente necesaria. Además, el secreto y la discreción judiciales en un ámbito de transparencia obligan al juez a adoptar un comportamiento prudente.spaética judicial, secreto judicial, discreción judicial, prudencia, transparenciaVisión ética del secreto judicial y la discreción judicial en un entorno de transparenciainfo:eu-repo/semantics/bookPart10.14679/2647info:eu-repo/semantics/closedAccess