Rios Castañares, Yaiza Maria2023-07-252023-07-252023-07-25https://hdl.handle.net/10115/23763Trabajo Fin de Grado leído en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2022/2023. Directores/as: María Victoria García Del BlancoLa reforma efectuada en nuestro Código Penal por parte de la LO 1/2015 tuvo importantes consecuencias, especialmente en el ámbito de la sustitución y suspensión de las penas privativas de libertad. Todo ello tuvo una serie de beneficios en el Marco jurídico penal español a la hora de la ejecución de las penas privativas de libertad, ya que se otorgaba una mayor flexibilidad al sistema y se ampliaba la discrecionalidad del órgano judicial para la eventual suspensión de la condena. En virtud de lo expuesto, a lo largo del presente Trabajo de Fin de Grado, se abordarán dos modalidades diversas para la suspensión de la pena privativa de libertad: la regulación ordinaria de la suspensión y la extraordinaria. En cualquier caso, y salvo una serie de excepciones que se expondrán posteriormente, la suspensión de la condena en España, órbita sobre tres ejes: que se trate de reos primarios, la condena a una pena privativa de libertad no superior a dos años y el cumplimiento de la responsabilidad civil. Sin embargo, para casos como la suspensión extraordinaria, estos requisitos pueden relajarse, especialmente cuando no se trate de reos primarios, o sean drogodependientes, o se haya cometido delitos contra la Hacienda Pública, etc.spaSuspensión penapena privativa de libertadreos primariospeligrosidad criminal.LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS CONDENASinfo:eu-repo/semantics/studentThesisinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess