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Los retos del Derecho del Trabajo en la Era Digital

dc.contributor.authorRuiz Chacón, María Jesús
dc.date.accessioned2020-01-23T08:25:44Z
dc.date.available2020-01-23T08:25:44Z
dc.date.issued2019
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10115/16628
dc.descriptionTrabajo Fin de Grado leído en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2019/2020. Tutora: María Areta Martinezes
dc.description.abstractLas leyes no se adoptan como algo apriorístico, sino en conexión con el devenir histórico de los hechos de la materia positivada, y en consecuencia, se conciben a la zaga de la realidad social que regulan. Por consiguiente, lo habitual suele ser que se produzca en la realidad de los hechos un suceso que precise un marco jurídico, y que posteriormente el legislador positive dicho suceso. Esto es exactamente lo que está sucediendo con la incorporación de las TIC en todos los ámbitos de la vida de las personas. El orden penal ha acometido en la última década las modificaciones oportunas para dar cabida a los denominados delitos informáticos o ciberdelitos, así como a los procedimientos legales dirigidos a su prevención o descubrimiento1. En el ámbito mercantil no es desconocido que una parte importante del volumen total de las transacciones que se realizan en el mercado a nivel mundial tienen lugar por medios digitales2; tampoco se ignora que la tecnología se ha convertido en un elemento fundamental para el marketing de las empresas3, al permitir ampliar lo que se conoce como “mercado relevante” e incrementar los clientes potenciales; ni que los avances de la Era Digital han propiciado el surgimiento de establecimientos mercantiles que no disponen de un local abierto al público donde el empresario desarrolle su actividad mercantil, sino que esta se efectúa a través de Internet, surgiendo las denominadas plataformas digitales. Por su parte, las Administraciones Públicas también se están adaptando a las herramientas telemáticas, utilizándolas para realizar trámites administrativos, bastando como muestra de ello el art. 13 y concordantes de la LGSS, atinentes a las notificaciones administrativas por vía electrónica y a la tramitación de las altas y bajas de los trabajadores en la Seguridad Social a través de Internet. El hecho de que los clientes tengan la posibilidad de adquirir sus productos o contratar servicios por medio de sistemas telemáticos implica que al otro lado del terminal hay un trabajador, y por extensión, que la tecnología se ha introducido en el entorno laboral como un instrumento más. Empero, la utilidad de estas herramientas no se agota en su inserción en los procesos productivos, pues también son empleadas con fines fiscalizadores o de control y vigilancia de los trabajadores por parte del empleador4. El presente TFG tiene por objeto analizar los principales retos que presenta la Era Digital en el contexto de las relaciones laborales, algunos de los cuales están comenzando a ser abordados por el legislador, mientras otros aún esperan una respuesta. Los desafíos analizados en las próximas páginas son: 1) la prevención de los riesgos laborales en el entorno digital, 2) los límites al ejercicio del poder de vigilancia y control empresarial por medio de instrumentos tecnológicos y 3) la economía colaborativa. Las principales fuentes utilizadas para realizar el estudio han sido las disposiciones normativas y la doctrina científica y de los tribunales. La reciente aprobación y entrada en vigor de la LOPDPGDD ha supuesto un paso muy importante en aspectos tales como el reconocimiento y tutela de los derechos digitales de los trabajadores por cuenta ajena. Sin perjuicio de ello, conviene destacar que la jurisprudencia y la doctrina judicial vienen desarrollando un papel esencial en lo que a la ordenación de esta materia se refiere. De hecho, la doctrina de los tribunales se ha convertido en la hoja de ruta de la incipiente regulación jurídica. Aun cuando este trabajo se centra en el sistema español de relaciones laborales, ello no impide que, en ciertos aspectos, se tenga en consideración el tratamiento jurídico y jurisprudencial que otros Estados están dispensando a esta materia. Así, por ejemplo, no puede soslayarse el hecho de que Francia haya sido el primer Estado miembro de la UE en reconocer expresamente el derecho de los trabajadores a la desconexión digital. En definitiva, las referencias puntuales al Derecho comparado constituyen una fuente valiosa para el estudio y análisis del tema, si bien, teniendo en cuenta las diferentes realidades jurídicas y fácticas de cada país.es
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad Rey Juan Carloses
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectDerechoes
dc.subjectTICes
dc.subjectDerecho del Trabajoes
dc.subjecteconomía colaborativaes
dc.subjectpoder de vigilanciaes
dc.subjectprivacidades
dc.titleLos retos del Derecho del Trabajo en la Era Digitales
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/studentThesises
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.subject.unesco56 Ciencias Jurídicas y Derechoes


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