Show simple item record

EL WHASSAP COMO MEDIO DE PRUEBA

dc.contributor.authorBarco Bohoyo, Alba
dc.date.accessioned2023-11-19T23:00:03Z
dc.date.available2023-11-19T23:00:03Z
dc.date.issued2023-11-15
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10115/26168
dc.descriptionTrabajo Fin de Grado leído en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2023/2024. Directores/as: María Mar Montón García
dc.description.abstractEn las presentes páginas se abordará principalmente la admisibilidad de los medios de prueba electrónico, y particularmente de whatsapp, partiendo de la STS 300/2015, de 19 de mayo, sentando las base doctrinal del Tribunal Supremo para el debido cauce procesal y probatorio de los mensajes de whatsapp promovidos en el proceso judicial, partiendo del aseguramiento del medio de prueba y el dictamen de peritos para asegurar la inalterabilidad en todo o en parte del medio probatorio propuesto. Los mensajes de whatsapp se encuentran relacionados con el principio de libertad probatoria, y con los medios de prueba no tasados los cuales gozan del sistema de libre valoración por parte del juez, lo cierto es que tal libertad no es irrestricta, sino que se haya sujeta al cumplimiento de requisitos formales y materiales, para su ejercicio, los cuales de no ser cumplidos pueden tachar de nulidad absoluta incluso tanto la actuación judicial como el medio prueba admitido.
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad Rey Juan Carlos
dc.rights
dc.rights.uri
dc.subjectelectrónico
dc.subjectmedio
dc.subjectprueba
dc.subjectWhatsApp
dc.subjectadmisión
dc.subjectvaloración
dc.subjectaseguramiento
dc.titleEL WHASSAP COMO MEDIO DE PRUEBA
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/studentThesis
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record

Los ítems de digital-BURJC están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario