EL WHASSAP COMO MEDIO DE PRUEBA
Fecha
2023-11-15
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Editor
Universidad Rey Juan Carlos
Resumen
En las presentes páginas se abordará principalmente la admisibilidad de los medios de prueba electrónico, y particularmente de whatsapp, partiendo de la STS 300/2015, de 19 de mayo, sentando las base doctrinal del Tribunal Supremo para el debido cauce procesal y probatorio de los mensajes de whatsapp promovidos en el proceso judicial, partiendo del aseguramiento del medio de prueba y el dictamen de peritos para asegurar la inalterabilidad en todo o en parte del medio probatorio propuesto. Los mensajes de whatsapp se encuentran relacionados con el principio de libertad probatoria, y con los medios de prueba no tasados los cuales gozan del sistema de libre valoración por parte del juez, lo cierto es que tal libertad no es irrestricta, sino que se haya sujeta al cumplimiento de requisitos formales y materiales, para su ejercicio, los cuales de no ser cumplidos pueden tachar de nulidad absoluta incluso tanto la actuación judicial como el medio prueba admitido.
Descripción
Trabajo Fin de Grado leído en la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2023/2024. Directores/as: María Mar Montón García