Examinando por Autor "Castro Conte, Macarena"
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Ítem CAPÍTULO 10. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y LOS DERECHOS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR(Aranzadi, 2022) Castro Conte, MacarenaEl RDL 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, supuso un nuevo intento de corregir los defectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en nuestro ordenamiento jurídico-laboral, dando un paso adelante en la promoción de la conciliación de la vida personal y familiar, y en el principio de corresponsabilidad entre ambos progenitores. Desde esta necesidad de corrección se analizan los derechos más utilizados para la conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito legal y negocial, esto es, el permiso para el cuidado del lactante, la reducción de jornada por guarda legal, el permiso por nacimiento de hijo prematuro u hospitalizados, y el permiso para acompañar a consultas médicas.Ítem Condiciones principales de trabajo:bajos salarios y jornadas rígidas en el sector de la dependencia(Thomson Reuters Aranzadi, 2017-03) Castro Conte, MacarenaTranscurridos más de diez años desde la aprobación de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, se consideró necesario hacer un balance sobre la situación del sector de dependencia en el momento actual. El reto de la protección de la dependencia representaba un desafío claro para la generación de puestos de trabajo, promocionándose con su desarrollo una actividad económica que sin duda tenía que convertirse en un importante yacimiento de creación de empleo. Sin embargo, en este trabajo se ha podido detectar que en dicha rama de actividad existe una elevada precariedad en las condiciones de trabajo de los trabajadores, en concreto, en los salarios y la jornada. A esta conclusión se llega tras analizar el vigente VI Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal de 2012, sin dejar atrás a sus predecesores, y a los convenios colectivos de ámbitos inferiores que tampoco han mejorado mucho la situación descrita. La negociación colectiva analizada regula una estructura retributiva caracterizada, entre otras, por la complejidad, la diferenciación in peius, su limitación a los términos legales, y la congelación salarial. Respecto a la jornada se caracteriza, a grandes rasgos, por su marcada flexibilidad a favor de la empresa y con una preferencia casi absoluta por la distribución irregular de la jornada. Bien es verdad que no podemos olvidar la situación económica por la que estaba atravesando España en el momento de la aprobación del citado VI Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal de 2012. Conscientes de una cierta mejoría económica en nuestro país, al final del capítulo se recogen una serie de propuestas con el fin de intentar mejorar las condiciones laborales de estos trabajadores de cara a la próxima negociación del convenio colectivo del sector de la dependencia.Ítem El contrato fijo discontinuo en el sector agrario(Federación de Industria, Construcción y agro de UGT (UGT FICA), 2022) Castro Conte, MacarenaLa reforma del artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo trata de impulsar el contrato de trabajo fijo discontinuo con una nueva regulación mucho más amplia, y con nuevas garantías para los trabajadores contratados mediante esta modalidad, en sus distintas expresiones. El preámbulo del citado Real Decreto-ley 32/2021 insiste en la necesidad del reforzamiento del contrato indefinido, y la configuración de un sistema eficiente de lucha contra la precariedad” Por ello, la nueva regulación del contrato fijo discontinuo se acoge con muchas expectativas en el sector agrario, siempre tan utilizado. El objeto de este estudio es analizar la eficacia real y su incidencia concreta de esta modalidad en el campo, con la intención de despejar todas las dudas que de manera creciente se están produciendo tanto en la empresa como a los trabajadores, con la realización de las siguientes propuestas dirigidas a mejorar las posibles carencias en la regulación del contrato fijo discontinuo que se han detectado.Ítem Los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral y su incidencia en la mujer(Thomson Reuters Aranzadi, 2021-03) Castro Conte, MacarenaLa normativa jurídico laboral anterior y la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, intentaron evitar que pasasen desapercibidas formas de discriminación debidas a la mayor dedicación de las mujeres, y reforzó los derechos orientados a fomentar una mayor corresponsabilidad de los hombres en las obligaciones familiares. Pero todo ello no fue suficiente, y desde un punto de vista legal, un nuevo intento de corregir esta situación ha sido el RDL 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. La realidad demuestra la dificultad de conciliar por parte de la mujer, agravada aún más por la necesidad de cuidar de nuestros mayores, dependientes o no, y más conseguir, la corresponsabilidad entre hombres y mujeres. Es muy importante tener en cuenta que la discriminación por razón de sexo puede manifestarse en la práctica revestida de la forma de “discriminación por atención a las cargas familiares”, con la amplitud que este concepto conlleva. En este estudio, en este trabajo se han analizado los tres instrumentos jurídicos más utilizados en la conciliación de la vida laboral y familiar, es decir, el llamado hoy permiso para el cuidado del lactante, la reducción de jornada y las excedencias por cuidados familiares. En concreto, aquellos aspectos normativos que inciden en esa realidad descrita de las mujeres, titulares casi en exclusiva de esos derechos, con la selección de convenios colectivos y planes de igualdad de los sectores más femenizados que permiten ver la realidad práctica de estos derechos, y que avances se han conseguido para paliar esta situación que perjudica a la mujer.Ítem LA EFICACIA APLICATIVA DE LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN A LAS PERSONAS TELETRABAJADORAS(Dyckinson S.L, 2022) Castro Conte, MacarenaEn este trabajo se analiza el marco del teletrabajo con la reciente regulación del artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores con su remisión a la Ley 10/2021 de 9 de julio de trabajo a distancia, y su incidencia en la conciliación de la vida laboral y familiar, en un intento de ver la eficacia aplicativa de los principales permisos por razones familiares en el entorno de las personas teletrabajadoras, y las principales dificultades que se perciben para conseguir su plena efectividad. Con la proposición de las medidas necesarias para evitar el riesgo de que se intensifique la desigualdad entre hombres y mujeres, ya que el teletrabajo puede determinar la ineficacia de dichos permisos por el simple hecho de que la teletrabajadora se encuentra en su casa prestando servicios.Ítem “Incumplimiento contractual del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores por modificación sustancial de las condiciones de trabajo(Dyckinson S.L, Universidad Alcalá de Henares, 2019) Castro Conte, MacarenaEl presente artículo tiene por objeto analizar las condiciones que permiten a los trabajadores extinguir el contrato de trabajo por incumplimientos de los empresarios con derecho a la indemnización correspondiente al despido improcedente. En concreto, cuáles son exactamente los referidos incumplimientos que deben cometer los empresarios para poder aplicar la causa resolutoria del artículo 50.1 a) del ET dada la complejidad de sus dos principales condicionamientos, y que si no quedan bien delimitados puede ocasionar una falta de seguridad jurídica para los trabajadores que se ven obligados a extinguir sus contratos de trabajo, sin las garantías que ofrece nuestro ordenamiento jurídico-laboral.Ítem LAS PRESTACIONES TEMPORALES EN EL RÉGIMEN AGRARIO Y SU INTEGRACIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL(Dyckinson S.L, 2023) Castro Conte, MacarenaLa configuración del Régimen Especial Agrario ha sido siempre objeto de críticas, creada como una Seguridad Social de segundo orden para actividades de escaso nivel de rentas, y protectora de colectivos profesionales de muy baja capacidad contributiva. Pasado el tiempo, se constató la necesidad urgente de acometer la reforma de este régimen especial agrario, al haber experimentado la realidad socioeconómica y productiva del campo una gran transformación, gracias a la incorporación del capital, a la mecanización y al uso de métodos y técnicas de explotación de producción industrializados, habiéndose convertido muchas explotaciones en auténticas fábricas agrarias. En este contexto, se promulgó la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social. El objetivo de este trabajo ha sido el análisis del proceso de integración de las prestaciones económicas de protección a las familias de los trabajadores agrarios en los diez años de integración del Régimen Especial Agrario. En el estudio se ha podido constatar que en las prestaciones temporales, a excepción de la incapacidad temporal, existe una equiparación total al Régimen General, y ello se demuestra en la regulación jurídica, en las que no se aprecia distinciones ni excepciones para los trabajadores agrarios, a los que, además, se les hace beneficiarios de cada una de las prestaciones que han surgido en estos últimos diez años, como por ejemplo, la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, entre otras, si bien es verdad que debido a las cotizaciones, las cuantías de las mismas son bajas. En definitiva, la integración es decisiva, existiendo una clara voluntad de equiparación, lo que, a su vez, nos permite afirmar que no existe a priori justificación para que otras prestaciones, como la propia incapacidad temporal, no se equiparen, y en ello hay que poner todo empeño en próximas regulaciones.Ítem La protección social de las familias monoparentales en materia de Seguridad Social; especialmente las prestaciones a favor de las familias(EDITORIAL JURÍDICA SEPIN S.L, 2022) Castro Conte, MacarenaEl objetivo principal de este estudio es revisar la incidencia que actualmente tienen las prestaciones económicas de la Seguridad Social sobre las familias monoparentales, en concreto, las prestaciones que inciden más directamente en las familias, con el objetivo de analizar la cobertura concreta de las mismas en la Ley General de la Seguridad Social, para llegar a las necesarias conclusiones sobre la suficiencia o no de dicha cobertura legal en las citadas familias con las consecuencias que conllevan. Se ha realizado teniendo como referencia los tres elementos básicos de la caracterización de estas familias, es decir, la sobrecarga evidente de trabajo de ese único progenitor, que afecta en especial a la mujer trabajadora; la necesidad de protección del menor en estos hogares en las que solo existe un progenitor; y la necesidad económica y carencia de rentas que en muchas ocasiones se dan en este tipo de familias.Ítem La protección social del Trabajador por cuenta ajena del sector agrario, análisis y propuestas(Dykinson, 2023) García Gil, María Begoña; Lasaosa Irigoyen, Elena; Castro Conte, Macarena; Pérez Campos, Ana Isabel; Hierro Hierro, JavierEstudio de la relación laboral de los trabajadores agrarios en España, análisis y propuestasÍtem La suspensión o extinción del derecho a la prestación por desempleo por no declaración de ingresos(Thomson Reuters Aranzadi, 2020) Castro Conte, MacarenaLa crisis económica y social provocada por la pandemia desde marzo de 2020, ha conllevado una considerable producción normativa en nuestro país; y en materia de Seguridad Social, esta ha incidido especialmente en el ámbito de la protección por desempleo. Una cuestión importante es determinar las consecuencias jurídicas derivadas de la falta de comunicación por parte del perceptor de prestaciones de desempleo a la Entidad Gestora de la obtención de un ingreso. Si este deber no se cumple, se produce la suspensión o extinción del derecho a dichas prestaciones por no declaración de ingresos. En este análisis se detecta una concurrente y compleja normativa sobre esta materia, lo que hace necesario tratar todas estas cuestiones con los actuales pronunciamientos del Tribunal Supremo, que merecen nuevamente una reflexión y análisis, sobre todo, tras la entrada en vigor de la TRLGSS/2015, para poder aclarar las consecuencias jurídicas y el régimen sancionador de tales incumplimientos que no hacen bien a nuestro deficitario sistema de Seguridad Social.