El contrato fijo discontinuo en el sector agrario
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Fecha
2022
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Editor
Federación de Industria, Construcción y agro de UGT (UGT FICA)
Resumen
La reforma del artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo trata de impulsar el contrato de trabajo fijo discontinuo con una nueva regulación mucho más amplia, y con nuevas garantías para los trabajadores contratados mediante esta modalidad, en sus distintas expresiones. El preámbulo del citado Real Decreto-ley 32/2021 insiste en la necesidad del reforzamiento del contrato indefinido, y la configuración de un sistema eficiente de lucha contra la precariedad” Por ello, la nueva regulación del contrato fijo discontinuo se acoge con muchas expectativas en el sector agrario, siempre tan utilizado. El objeto de este estudio es analizar la eficacia real y su incidencia concreta de esta modalidad en el campo, con la intención de despejar todas las dudas que de manera creciente se están produciendo tanto en la empresa como a los trabajadores, con la realización de las siguientes propuestas dirigidas a mejorar las posibles carencias en la regulación del contrato fijo discontinuo que se han detectado.
Descripción
Citación
CASTRO CONTE, M.: El contrato fijo discontinuo en el sector agrario, en Las consecuencias de la protección de desempleo y el impacto de la reforma laboral en la contratación del sector agrario, libro_compressed.pdf (ugt-fica.org), edita Federación de Industria, Construcción y agro de UGT (UGT FICA)