El régimen jurídico de la administración concursal
Fecha
2014-01-29
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Resumen
La administración concursal es un órgano esencial del procedimiento concursal que tiene atribuidas un conjunto heterogéneo de funciones y competencias cuyo fin común es la realización del llamado «interés del concurso».
Estas importantes funciones justifican que la Ley Concursal regule en su Título II (arts. 26 a 39 LC) todo lo relativo al nombramiento y estatuto jurídico de los administradores concursales, cuyo análisis conforma el objeto de este trabajo. En concreto, los artículos relativos a la forma de nombrar y cesar, la retribución y responsabilidad de los administradores concursales, así como el modo de actuación de los mismos o la necesidad de designar a auxiliares que les ayuden en el ejercicio del cargo.
Descripción
Palabras clave
Citación
Colecciones
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 España