Técnica normativa de las Constituciones de la postguerra
Fecha
2019
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Editor
Universidad Rey Juan Carlos
Resumen
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en su art. 16
reconocía “Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni determinada
la separación de poderes, carece de Constitución”. Hoy en día todas las Constituciones
democráticas contienen, de manera expresa o implícita, el reconocimiento de esos dos dogmas
constitucionales, pero aceptar esas tesis conllevaría al fracaso porque una Constitución es más
que eso, no solo requiere de la positivización de principios, valores, instituciones, dogmas, entre
otros, sino que necesita de una técnica normativa constitucional que permita su creación y
perfección. El propósito no se ciñe a obtener, en exclusiva, la validez sino también conseguir que
sea efectiva y perdurabilidad en el tiempo, permitiendo que las generaciones futuras, que no
participaron en la promulgación inicial, puedan verse identificadas y la reconozcan como lo que
es, su Constitución...
Descripción
Tesis Doctoral leída en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en 2019. Directora de la Tesis: Esther González Hernández
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