“Las nuevas facultades decisorias de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios colectivos”.

Fecha

2013

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Editor

Trabajo y Seguridad Social. CEF

Resumen

El artículo completo realiza una disección de cada uno de los aspectos trascendentes en el proceso de descuelgue regulado en el artículo 82.3 del Estatuto de los trabajadores y de la intervención de la comisión consultiva nacional de convenios colectivos en dicho proceso ante la falta de acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. La autora es responsable de las págs. 26 a 47 del artículo, analizando la nada pacifica cuestión de los concretos convenios colectivos que son susceptibles de inaplicación por el procedimiento del art. 82.3 ET, profundizando para ello en la importante cuestión de la naturaleza de los convenios colectivos a efectos de la aplicación del procedimiento de descuelgue, de los ámbitos del convenio (que incluye el novedoso autodescuelgue y los novedosos convenios de las empresas en red); el análisis de las concretas condiciones de los convenios que podrían ser objeto de inaplicación y cuales no así como su delimitación y las cuestiones controvertidas, la competencia funcional de la CCNCC en cuanto al régimen de los convenios aplicables al personal laboral de las administraciones públicas, y la competencia territorial. Se analiza también la importante cuestión de la competencia territorial de la CCNCC en cuanto a las facultades decisorias del descuelgue lo que resulta trascendental para la autora puesto que constituyó la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid, realizando la redacción de la norma, el proceso de consultas y participando en todo el proceso normativo hasta su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el día 29 de mayo de 2014 mientras realizaba las funciones de autoridad laboral. De hecho, participó en la constitución de facto de dicho órgano convocando distintas sesiones. La autora también analizó los presupuestos necesarios para la intervención de la CCNCC, la determinación de los sujetos legitimados para solicitar la intervención de dicha comisión, y el análisis del contenido y eficacia de la decisión adoptada por la CCNCC. Con este artículo la autora continua profundizando en el análisis juridico de los medios de solución extrajudicial de conflictos laborales (la mediación y el arbitraje como funciones de la CCNCC y de la comisión creada en la Comunidad de Madrid). se realiza un análisis teórico y práctico de la importancia, impacto y limites de la función mediadora y de la solución arbitral como mecanismos para solucionar las discrepancias surgidas en las comisiones de negociación de la inaplicación de determinadas condiciones reguladas en los convenios colectivos.

Descripción

las facultades decisorias(y no solo consultivas) de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos y de las comisiones autonómicas para la resolución de las discrepancias que puedan surgir en las comisiones negociadoras de los procedimientos de inaplicación de determinadas condiciones de los convenios colectivos.

Citación

4. Aránzazu Roldán Martínez y María del Mar Alarcón Castellanos, “Las nuevas facultades decisorias de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios colectivos”. Trabajo y Seguridad Social. CEF n. 365-366 (2013): 5-54.
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