La extinción en la relación laboral especial de servicio del hogar familiar por voluntad unilateral del empleador
Abstract
Nuestro ordenamiento jurídico ha configurado causas diversas de extinción de la relación laboral especial que une a los titulares de un hogar familiar con quienes prestan servicios en él, entre las cuales se encuentran: a) la voluntad pura y simple de cualquiera de ellos, sin necesidad de aducir motivo alguno que la legitime, que denomina dimisión en el caso del trabajador y desistimiento en el del empleador (art. 9.4 y 11 RDSHF, respectivamente) y b) la voluntad de cualquiera de éstos, cuando aleguen, a estos efectos y en forma expresa, el previo incumplimiento de las obligaciones del otro contratante, denominando despido a la que se realiza a iniciativa del empleador (art. 9.9 y 10 RDSHF) . La norma reglamentaria distingue entre aquellas modalidades extintivas contractuales, cuyo régimen es similar al establecido en la normativa laboral común para los mismos supuestos, si bien se aprecia diferenciación en cuanto a su tratamiento, en coherencia con las peculiaridades resolutorias reconocidas en dicha norma y, aquellas otras para las que el Real Decreto 1424/1985 reconoce un régimen jurídico específico y diferenciado del establecido para la relación laboral ordinaria. Las primeras comprenden las modalidades extintivas contractuales que tienen su origen en la voluntad unilateral del trabajador y las segundas tienen lugar por expiración del tiempo convenido y por la voluntad unilateral del empleador, siendo estas últimas objeto del presente estudio.
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