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Las mejoras voluntarias de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social en materia de jubilación, incapacidad permanente e incapacidad temporal

dc.contributor.authorCANO GALÁN, YOLANDA
dc.date.accessioned2024-07-03T11:06:00Z
dc.date.available2024-07-03T11:06:00Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.citationCano Galán, Y. (2023). Las mejoras voluntarias de la acción protectora del régimen general de la seguridad social en materia de jubilación, incapacidad permanente e incapacidad temporal. In G. (. ). Rodríguez Iniesta, & E. (. ). Lasaosa Irigoyen (Eds.), Derecho vivo de la seguridad social: VII Seminario Permanente de Estudio y Actualización AESSS-URJC 2022 (1st ed., pp. 59-92). Laborum.es
dc.identifier.isbn9788419145574
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10115/36446
dc.description.abstractEl estudio aborda el análisis de cuándo procede reconocer el derecho a las mejoras voluntarias de Seguridad Social respecto de tres prestaciones del Régimen General: jubilación, incapacidad permanente e incapacidad temporal, partiendo de la detección de problemas en torno a la regulación convencional, el análisis legal y el estudio jurisprudencial sobre las soluciones casuísticas alcanzadas, y la elevación de dichas conclusiones a supuestos generales. En particular, se examina en qué supuestos de jubilación se tiene derecho a la mejora voluntaria de la acción protectora de Seguridad Social -forzosa, anticipada, parcial-, si se tiene derecho a la mejora en supuestos en que se extingue la relación laboral por causas no imputables a la persona trabajadora mientras se encuentra en situación de jubilación parcial, cómo debe calcularse la mejora cuando la misma se vincula al salario, si procede reconocer la mejora cuando presupuestariamente se limita su percepción, y cuál es el plazo para reclamar la mejora voluntaria, en concreto, si es plazo de caducidad o de prescripción. Respecto de las mejoras voluntarias en supuestos de incapacidad permanente, se examina si se tiene derecho a la mejora cuando el reconocimiento del grado incapacitante no es definitivo y en supuestos de revisión del mismo, además de analizar con qué partidas del quantum indemnizatorio por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales calculado conforme al Baremo para accidentes de circulación pueden compensarse las mejoras voluntarias. Por último, y respecto de las mejoras voluntarias en supuestos de incapacidad temporal, se alcanzan conclusiones respecto de si procede abonar la mejora en supuestos de aislamiento, contagio o restricción de salida del municipio por Covid-19, en supuestos de reconocimiento en situación de incapacidad temporal pero sin efectos económicos, y en supuestos en que se extingue la relación laboral sin que la persona trabajadora haya sido dada de alta del proceso de incapacidad temporal.es
dc.language.isospaes
dc.publisherLaborumes
dc.subjectJubilaciónes
dc.subjectIncapacidad permanentees
dc.subjectIncapacidad temporales
dc.subjectMejoras voluntarias de la Seguridad Sociales
dc.subjectSeguridad Social complementariaes
dc.titleLas mejoras voluntarias de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social en materia de jubilación, incapacidad permanente e incapacidad temporales
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookPartes
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses


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