Abstract
De la propia redacción de los Reglamentos del Congreso
de los Diputados (RCD) y del Senado (RS)1, podemos definir las Resoluciones
como normas parlamentarias dictadas por la Presidencia de la Cámara, tendentes a
la interpretación en caso de duda y la suplencia en casos de omisión del
Reglamento de la misma, limitadas por la atribución competencial estatuida y el
contenido del citado Reglamento.
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Thomson-Aranzadi
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Actas del VIII Congreso Iberoamericano de Derecho constitucional, Pamplona 2006.
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