Comentario a la cláusula Dos de la Disposición adicional Primera. Seis. de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
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Fecha
2000-09-01
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Thomson Aranzadi
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Resumen
En el trabajo se analiza la cláusula Dos del Anexo de cláusulas abusivas que la LCGC introdujo en la LGDCU, y que se refiere a las facultades de modificación y extinción unilateral del profesional, respecto al contrato celebrado con el consumidor.