Los derechos reproductivos en la legislación española

Fecha

2015

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Editor

Universidad Rey Juan Carlos

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Resumen

En los últimos años se han aprobado en España tres Leyes que han dado una regulación completa de lo que se ha dado en llamar, con escaso rigor en la terminología, libertad, salud o derechos reproductivos. Todas estas normas dicen basarse en la necesidad de adecuar nuestra legislación al consenso de la comunidad internacional en esta materia, recogiendo unos valores que se fundamentan en una ética cívica que responde al sentir de la mayoría, a los valores constitucionales y al desarrollo del conocimiento científico. Así, la Exposición de Motivos de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (en adelante, LTRHA) señala que su regulación se justifica por la necesidad de "acomodarla (se refiere a la legislación entonces vigente) a la realidad actual"; la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica (en adelante, LIB) se justifica porque es "necesario disponer del marco normativo adecuado que dé respuesta a los nuevos retos científicos" y añade que "en el ámbito internacional como en el seno de la sociedad española algunos de los aspectos más sensibles relacionados con la investigación biomédica han sido objeto de debate abierto y extenso, lo que ha permitido deducir principios y criterios, de cada vez más amplia aceptación, a partir de los cuales construir normas¿; por su parte, la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (en adelante LO 2/2010)1 indica que la presente Ley pretende adecuar nuestro marco normativo al consenso de la comunidad internacional en esta materia.

Descripción

Tesis Doctoral leída en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en 2014. Director de la Tesis: Pedro González-Trevijano Sánchez

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