Abstract
La violencia contra la mujer, en cualquiera de sus formas de ejercerse, es una violación de los derechos humanos, según reconoce la Organización Internacional de las Naciones Unidas.
En palabras de MLAMBO-NGCUKA2, (¿) ¿[l]a violencia contra mujeres y niñas es una violación de los derechos humanos. Es violencia contra familias, comunidades, naciones y la propia humanidad. Este tipo de violencia no conoce fronteras y afecta a mujeres y niñas de todas las edades, de todos los estratos económicos, de todas las razas, de todos los credos, y de todas las culturas.¿ (¿).
Pues bien, esta afirmación expuesta desde Naciones Unidas y para los Estados, implica el reconocimiento internacional de la violencia contra la mujer, con un marco jurídico internacional de los derechos humanos que utiliza una terminología, identificativa de la violencia contra la mujer, como una forma de discriminación, que viola sus derechos humanos, recomendando a continuación a los Estados, legislar en materia de violencia contra la mujer de forma empírica, a partir de pruebas fiables, y a partir de datos e investigaciones sobre el alcance, la prevalencia, y la incidencia de todas las formas de violencia contra la mujer, debiendo los Estados analizar sus propias causas y sus consecuencias...
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Universidad Rey Juan Carlos
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Tesis Doctoral leída en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en 2015. Directora: Dra. Dª Mª Ángeles Cano Linares
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