Abstract

Los acuerdos adoptados en el marco del Pacto de Toledo han incidido sobre el régimen jurídico de las mutuas, sobre su ámbito de actuación y, en definitiva, sobre sus competencias de gestión en materia protección de Seguridad Social. Las primeras referencias expresas a las mutuas en los informes de evaluación y reforma del Pacto de Toledo se producen en el año 2011. El informe pone en valor su función y defiende la adopción de medidas que mejoren su eficacia y el que control de las mutuas, que modernicen su funcionamiento y que lo doten de una mayor eficiencia gestora sin menoscabo de su naturaleza jurídica. Nueve años después, el Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo, vuelve a resaltar el papel destacado de las mutuas dentro del sistema de Seguridad Social, al asumir la cobertura de las prestaciones correspondientes a las contingencias profesionales y al colaborar en la gestión de otras prestaciones, como la incapacidad temporal por contingencias comunes.
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Thomson Reuters Aranzadi

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Meléndez Morillo-Velarde, L., "Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en el marco de los acuerdos del Pacto de Toledo", Perspectivas jurídicas y económicas del "Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo (2020), Thomson Reuters Aranzadi, 2021, pp. 391-433.

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