La carga de la prueba en la determinación de dietas y asignación de gastos no sujetos a gravamen en el IRFP

dc.contributor.authorORTIZ ESPEJO, DANIEL
dc.date.accessioned2025-01-02T09:12:53Z
dc.date.available2025-01-02T09:12:53Z
dc.date.issued2020-07-21
dc.description.abstractSe consideran rendimientos del trabajo, entre otros las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería, estos quedarán exentos siempre que cumplan una serie de requisitos y límite. No resulta difícil adivinar la razón de ser de las condiciones, requisitos y cuantías máximas que la norma reglamentaria establece para que las cantidades recibidas por dietas y asignaciones para gastos de viaje queden exoneradas de tributación en el IRPF del perceptor. Sin duda pretende evitarse que los pagos por tales conceptos vayan más allá de la mera compensación de los gastos reales producidos por desplazamientos laborales de los trabajadores y se conviertan, fraudulentamente, en un mecanismo para que las empresas satisfagan retribuciones sin practicar la oportuna retención y los trabajadores perciban retribuciones que excedan del gasto real y que queden injustificadamente exoneradas de tributación. La Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo nº96/2020 de 29 de enero de 2020 (Rec.4258/2018), ha zanjado el debate sobre en quién recae la carga de la prueba en la determinación de dietas y asignación de gastos. En el presente artículo se realiza un estudio de su régimen jurídico, de algunos de los distintos pronunciamientos previos y de las implicaciones que conllevará que sean los empleadores los que soporten la carga de la veracidad y realidad de los desplazamientos y gastos de manutención y estancia a los efectos de su no sujeción al IRPF.
dc.identifier.citationOrtiz Espejo, D. (2020). La carga de la prueba en la determinación de dietas y asignación de gastos no sujetos a gravamen en el IRPF. Quincena Fiscal, (14), 55–72
dc.identifier.issn1132-8576
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10115/49737
dc.identifier.urihttps://soluciones.aranzadilaley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAF1Q22rDMAz9mvrFMJLe--CXtgwKY5Qu27viqKk3185sOWv-fnK6wZjxkSWdowv-TBiGCm-knkBqCC3IBqUF2YWENUh0OWiQMFyNA20mqSjOM5dVjUGCKAcJ0bT_uBYi-SidlzG9Y3ZBtgF6uHLHfK08nB6PIg7Ou-GqKh4nCOqoyqKYrHTJmDKyP2NscrBkrBjrnMiiUVmWo80mk-UimyzdLARoSmD3Xqsy-6bHCmq1FD40GLaDKgR5AntCnrsW8eK_nqE3LZDxbgvhvpZpGrWvCj6z9Xw6X4oeQ2SBejMtOkIREYK-HKFFdXBGG_8AsbsJ6z548stI_nSKr87karB_0_f6bSLipjW5Oye05XcPhDuw6JrfdaDr7HDylnce485HHpP4Y-ngdhB8imhV8Q2hEU2n2gEAAA==WKE “Todos los derechos reservados”
dc.language.isoes
dc.publisherAranzadi
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccess
dc.subjectDerecho Tributario
dc.subjectIRPF
dc.subjectRendimientos del trabajo
dc.subjectGastos de manutención
dc.subjectDietas y asignación
dc.subjectCarga de la prueba
dc.titleLa carga de la prueba en la determinación de dietas y asignación de gastos no sujetos a gravamen en el IRFP
dc.typeArticle

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