“Un año de implantación de los canales de denuncia. ¿Y ahora qué?”

dc.contributor.authorParajó Calvo, Margarita (Coord.)
dc.contributor.authorDe Cominges Cáceres, Francisco (Coord.)
dc.contributor.authorNavalpotro Ballesteros, Tomás (Autor)
dc.date.accessioned2025-01-31T09:15:44Z
dc.date.available2025-01-31T09:15:44Z
dc.date.issued2024-06
dc.description.abstractLos perjudicados por el funcionamiento de los servicios públicos carecen de acción frente a las autoridades o empleados responsables de la actuación. No obstante, bajo ciertos condicionantes, la Administración podrá repercutirles la indemnización satisfecha cuando hayan incurrido en dolo, o en culpa o negligencia graves. En cambio, la responsabilidad del agente es directa, y la administrativa subsidiaria, cuando el resarcimiento sea establecido en vía penal. El trabajo desarrolla estas ideas fundamentales examinando la doctrina judicial sobre la materia y ejemplos manifestados en la doctrina de los órganos consultivos de las Administraciones Públicas.
dc.identifier.citationNAVALPOTRO BALLESTEROS, TOMÁS, "La responsabilidad patrimonial y civil derivada de delito de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas", en Parajó Calvo, Margarita, y De Cominges Cáceres, Francisco (Coords.), "Un año de implantación de los canales de denuncia. ¿Y ahora qué?”, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Especial II, junio de 2024
dc.identifier.issn0210-2161
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10115/73457
dc.language.isoes
dc.publisherEl Consultor de los Ayuntamientos-La Ley
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.subjectDerecho de repetición
dc.subjectResponsabilidad civil subsidiaria
dc.subjectEmpleados públicos
dc.title“Un año de implantación de los canales de denuncia. ¿Y ahora qué?”
dc.typeArticle

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